Los beneficiarios de estas ayudas tendrán que ser agricultores activos titulares de explotaciones agrarias ubicadas en la Comunidad de Madrid. Asimismo, deberán aceptar los compromisos agroambientales por un período de cinco años y acreditar que la explotación dispone de superficie elegible de olivar con una densidad mínima de 60 pies por hectárea y máxima de 150 pies por hectárea.
Las parcelas acogidas a la ayuda deberán cumplir una superficie mínima de olivar por la que se solicita la ayuda (1 ha.) y una superficie mínima de parcela (0,1 ha.). Además, la plantación tendrá una distribución regular y homogénea, no aceptándose alineaciones simples ni pies aislados.
También detalla que la ayuda a los beneficiarios consistirá en el pago de una prima por hectárea comprometida que sea admisible. El importe de dicha prima se fija en 100 euros por hectárea para la superficie de olivar tradicional que haya sido admitida en el programa plurianual de ayudas