El MAPA ha destacado que España, como principal potencia agroalimentaria, requiere un marco normativo actualizado que garantice la competitividad del sector. Este proyecto tiene como propósito modernizar las normas alimentarias específicas afectadas, proporcionar seguridad jurídica a los operadores, simplificar ciertos trámites administrativos y mejorar la información alimentaria a los consumidores.
Además, el proyecto del Real Decreto contempla la derogación de disposiciones obsoletas que ya no responden a la realidad productiva actual. En algunos casos, estas regulaciones quedan cubiertas por normativas posteriores o por la legislación de la Unión Europea.
En el caso de la aceituna de mesa, el Real Decreto 679/2016, de 16 de diciembre, por el que se establece la norma de calidad de las aceitunas de mesa, establece, entre otros aspectos, los relativos a la información alimentaria facilitada al consumidor. A este respecto, determina la forma en la que deberá denominarse el alimento, definiendo tanto las menciones obligatorias como las voluntarias. En el caso de aceitunas rellenas, puede encontrarse en el mercado una gran variedad de rellenos y de fórmulas comerciales.
En concreto, el borrador del proyecto del Real Decreto subraya que, teniendo en cuenta la tradición productiva de nuestro país, así como las denominaciones consolidadas por el uso, pero con el fin de garantizar que se informa de una manera precisa al consumidor, "conviene especificar que, en el caso de que el relleno se realice en forma de pasta, será obligatorio indicar esta característica en el listado de ingredientes, así como detallar los ingredientes de la pasta, pudiendo indicarse en la denominación comercial únicamente el producto caracterizante de la misma".
El trámite de audiencia estará abierto hasta el día 12 de febrero, inclusive.