El reglamento detalla que la mediana del defecto organoléptico es uno de los parámetros que distinguen la categoría de aceite de oliva virgen extra de la de aceite de oliva virgen. Según añade, los defectos organolépticos pueden surgir durante el proceso de elaboración del aceite de oliva, pero también pueden deberse a unas condiciones inadecuadas de transporte y almacenamiento. Por lo tanto, “es necesario especificar las formas de notificación entre los distintos Estados Miembros de los defectos organolépticos que se detecten en un aceite etiquetado como aceite de oliva virgen extra”.
El texto recoge que los métodos de análisis que deben usarse para evaluar las características de los aceites se actualizan periódicamente en función de la opinión de expertos químicos y en consonancia con los trabajos efectuados en el Consejo Oleícola Internacional (COI).
“A fin de garantizar la correcta aplicación a escala de la Unión Europea de los métodos de análisis más recientes establecidos por el COI, procede incluir dichos métodos”, precisa.
Asimismo, el reglamento apunta que debe aclararse la metodología de muestreo, “dadas las diferentes interpretaciones que hacen las autoridades que realizan controles de conformidad”.